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Con el objetivo de eliminar el anonimato en el uso de líneas telefónicas móviles y prevenir la comisión de delitos, a partir de este viernes y hasta el próximo 30 de junio, todos los usuarios de telefonía celular, tanto de prepago como de pospago, deberán vincular su número telefónico con una identificación oficial, INE o pasaporte, además de su CURP. De no cumplir con este requisito, las líneas serán deshabilitadas por los proveedores del servicio.
La disposición forma parte de los lineamientos aprobados el pasado 8 de diciembre por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), cuyo propósito es conformar un padrón telefónico nacional que permita tener plenamente identificados a los usuarios, en particular a los de prepago, quienes hasta ahora podían adquirir tiempo aire sin necesidad de acreditar su identidad.
De acuerdo con la autoridad reguladora, la medida busca evitar que las líneas telefónicas sean utilizadas para la comisión de delitos, una práctica facilitada por el anonimato en la contratación de servicios de prepago.
Para realizar el registro, los usuarios deberán acudir directamente con su proveedor o completar el trámite vía remota, según lo determine cada empresa. En el caso de personas morales, será necesario presentar el RFC para incorporar las líneas telefónicas de sus colaboradores al padrón.
En un comunicado, Telcel señaló que, al tratarse de una disposición oficial, es indispensable que los usuarios completen la vinculación a la brevedad para evitar afectaciones en el servicio. “Telcel reafirma su compromiso de informar, acompañar y facilitar este proceso a todos sus clientes”, indicó la empresa.
La CRT recordó que, a diferencia del prepago, las líneas de pospago desde hace años se obtienen mediante un contrato, lo que implica la identificación previa de personas físicas o empresas. En contraste, el esquema de prepago permitía hasta ahora adquirir saldo con efectivo o tarjeta sin ningún registro de identidad.
En cuanto a la protección de datos personales, los lineamientos establecen que la información proporcionada estará resguardada conforme a la legislación vigente, y que proveedores como Telmex, Movistar y AT&T deberán implementar medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas para evitar el uso indebido de los datos.
La información será confidencial, y los operadores únicamente podrán resguardar: nombre o razón social, CURP o RFC, número telefónico asociado, tipo de identificación oficial, así como el resultado y la fuente de validación de identidad.
Como parte del acuerdo, se ordena la creación de una plataforma de consulta de líneas telefónicas móviles, mediante la cual los usuarios podrán verificar qué números están vinculados a su nombre y desvincular aquellos que no reconozcan como propios. Asimismo, se establece una plataforma de gestión, que permitirá a los operadores realizar los procesos de vinculación o desvinculación de líneas.
La CRT precisó que, en caso de cambio de operador, el usuario deberá realizar nuevamente el proceso de identificación y vinculación, mientras que la desvinculación con el operador anterior será automática.
El acuerdo también fija un límite máximo de 10 líneas que pueden ser vinculadas por personas físicas, restricción que no aplicará para personas morales ni para personas físicas con actividad empresarial, quienes deberán presentar su constancia de situación fiscal.
Finalmente, los lineamientos contemplan que los operadores deberán habilitar temporalmente, por un periodo de 15 días o el que determine la CRT, aquellas líneas no vinculadas que se encuentren en zonas afectadas por contingencias, a fin de no interrumpir las comunicaciones en situaciones extraordinarias.
